Generadores de residuos
La División de Salud Ambiental del Condado de Tulare es la única agencia que supervisa la generación de residuos peligrosos en todo el condado. El objetivo del programa de residuos peligrosos de California es garantizar que estos residuos se gestionen y eliminen adecuadamente para proteger tanto a las personas como al medio ambiente.
Los residuos pueden presentarse en forma líquida, sólida o gaseosa, y pueden generarse como subproductos de productos comerciales o como materiales no deseados. Los productos químicos domésticos pueden manejarse de forma diferente y eliminarse por separado a través de programas de gestión de residuos domésticos peligrosos. Si bien es responsabilidad del generador determinar qué materiales constituyen residuos peligrosos, nuestros inspectores buscarán elementos tóxicos, reactivos, inflamables o corrosivos para realizar una determinación durante la inspección de las instalaciones. Algunos residuos podrían requerir análisis de laboratorio para obtener una determinación precisa.
Algunos residuos pueden clasificarse además como residuos extremadamente peligrosos o extremadamente peligrosos. Las sustancias químicas que conforman estas categorías figuran en las listas del Título 22 y están sujetas a requisitos más estrictos que otros tipos de residuos.
CLASIFICACIÓN DE INSTALACIONES
Las instalaciones reguladas por el programa de residuos peligrosos se clasificarán en una de tres categorías según el tipo y el volumen de residuos peligrosos generados en el sitio. La clasificación determinará los requisitos que deberá cumplir la instalación. Los niveles de clasificación y los plazos de acumulación se enumeran a continuación; todos los demás requisitos se pueden consultar en el Código de Regulaciones de California, Título 22.
Generadores de Pequeñas Cantidades Condicionalmente Exentos (CESQG)
Las instalaciones con CESQG generan menos de 100 kg de residuos al mes calendario. Las instalaciones con exención condicional de pequeñas cantidades pueden almacenar residuos peligrosos en sus instalaciones hasta 90 días a partir de la fecha de acumulación de 100 kg de residuos peligrosos.
Generadores de pequeñas cantidades (SQG)
Los GSC son instalaciones que generan más de 100 kg pero menos de 1000 kg en cualquier mes natural. Pueden generar hasta 1 kg de residuos extremadamente peligrosos al mes. Las instalaciones que son generadores de pequeñas cantidades pueden almacenar residuos peligrosos en sus instalaciones hasta por 180 días.
Generadores de grandes cantidades (LQG)
Los GCL son aquellos que generan más de 1000 kg de residuos peligrosos o más de 1 kg de residuos extremadamente peligrosos en un mes natural. Las instalaciones que son generadoras de grandes cantidades pueden almacenar residuos en sus instalaciones hasta por 90 días.
REQUISITOS DE ALMACENAMIENTO
Los residuos peligrosos deben almacenarse de forma que se eviten descargas accidentales. Durante una inspección, se evaluará su cumplimiento de los requisitos del Código de Regulaciones de California y del Código de Salud y Seguridad de California relativos al almacenamiento de residuos peligrosos. En general, un almacenamiento adecuado incluye lo siguiente:
- Residuos almacenados de manera que se minimice su posibilidad de incendio, explosión o liberación.
- Se han respetado los tiempos máximos de acumulación permitidos. Los tiempos de almacenamiento varían según la cantidad de residuos generados. Consulte la sección anterior sobre la clasificación de las instalaciones para conocer los tiempos límite.
- Los flujos de residuos incompatibles se mantendrán separados
- Los contenedores deben ser apropiados y compatibles con el tipo de residuo que se almacene en ellos.
- Los contenedores deben estar debidamente etiquetados con las palabras “Residuos peligrosos”, el nombre y la dirección del generador, la composición y el estado físico de los residuos, las propiedades peligrosas de los residuos y la fecha de inicio de la acumulación.
- Los contenedores deben estar en buenas condiciones (por ejemplo, sin grietas, agujeros o abolladuras que puedan disminuir potencialmente la integridad estructural).
- Los contenedores no pueden tener fugas
- Los contenedores deberán almacenarse cerrados, excepto cuando se añadan o extraigan residuos.
- Los residuos inflamables o reactivos deben almacenarse a una distancia mínima de 15 metros del límite de la propiedad. (Nota: Este requisito solo aplica a los residuos de baja calidad).
RESIDUOS UNIVERSALES
Los Residuos Universales son residuos peligrosos que han recibido normas más flexibles para sus generadores, con el fin de acumularlos y transportarlos hasta su correcta eliminación o reciclaje. El cumplimiento de los requisitos de Residuos Universales puede, en ocasiones, beneficiar a un generador de residuos peligrosos, ya que estos residuos tienen un mayor tiempo de acumulación antes de que se requiera una correcta eliminación, o pueden entregarse mediante un programa de intercambio o recuperación, incluyendo el autotransporte de los residuos a una Planta de Destino adecuada. Solo los siguientes residuos se consideran Residuos Universales:
- Dispositivos electrónicos (por ejemplo, televisores, teléfonos celulares, CPU de computadora, reproductores de DVD portátiles, monitores de computadora, etc.)
- Pilas (por ejemplo, la mayoría de las pilas de tipo doméstico, incluidas las recargables de níquel-cadmio, de botón de plata, de mercurio y alcalinas)
- Lámparas eléctricas (por ejemplo, tubos y bombillas fluorescentes, lámparas de descarga de alta intensidad, lámparas de vapor de sodio, etc.)
- Equipos que contienen mercurio (por ejemplo, termostatos, interruptores de mercurio, termómetros, manómetros de presión o de vacío, amalgamas dentales, dilatadores y tubos con peso, pisos de caucho con mercurio, novedades que contienen mercurio, etc.)
- CRT (tubos de imagen de vidrio extraídos de dispositivos como televisores y monitores de computadora)
- Vidrio CRT (un tubo de rayos catódicos que se rompió accidentalmente)
- Latas de aerosol no vacías